Obligación a emitir factura

Mi empresa ha arrendado un local en el mes de enero, una de las clausulas del contrato estipula que el primer recibo se abonará en el mes de marzo, porque el importe de las 2 primeras mensualidades se compensan con las obras de mejora que nosotros hemos realizado en dicho local. ¿La empresa arrendadora me dice que no va a emitir factura por las mensualidades de enero y febrero ya que no las va a cobrar. Es correcto?

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Si el contrato se ha hecho en enero pero estipula en alguna clausula que efectivamente el contrato entra en vigor el 1 de marzo, no ha de emitirla, pero como no lo haya puesto así o algo similar, entonces os podría suceder que si Hacienda revisa el contrato, le obligue a él a ingresar el IVA y a considerar que las cantidades las ha percibido ( aunque realmente no sea así) estimando que es una liberalidad, pero que el hecho imponible ( alquiler ) si se ha producido e incluso lo sancionarían por no haber ingresado en su fecha el IVA o en la renta. En fin lo mejor ue podéis hacer es incluir en el contrato la clausula que especifique la fecha de entrada en vigor del alquiler; no es normal que Hacienda afine tanto, pero la posibilidad existe.
Espero haberte aclarado la duda. Por favor, no olvides puntuar: ES MUY IMPORTANTE. Gracias y un saludo. FULMA

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