Memoria

¿Se puede presentar en el Registro el balance y la cuenta de P y G normales y la memoria abreviada?, o los tres estados tienen que seguir obligatoriamente el mismo modelo normal o abreviado.

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La MEMORIA no constituye un DOCUMENTO APARTE dentro de las Cuentas Anuales sino que constituye un conjunto de NOTAS EXPLICATIVAS de las cifras que componen el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Así pues, el contenido y la forma de la Memoria deben ajustarse al contenido y la forma del Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Si la Sociedad puede presentar el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias en su forma ABREVIADA, evidentemente la Memoria también se presentará en dicha forma.
Le recomiendo que lea al respecto los Artículos 171 a 174, ambos inclusive, del REAL DECRETO LEGISLATIVO 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Así como los Artículos 181, 190 y 199 y ss. Del mismo texto legal.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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