¿Se puede presentar en el Registro el balance y la cuenta de P y G normales y la memoria abreviada?, o los tres estados tienen que seguir obligatoriamente el mismo modelo normal o abreviado.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
La MEMORIA no constituye un DOCUMENTO APARTE dentro de las Cuentas Anuales sino que constituye un conjunto de NOTAS EXPLICATIVAS de las cifras que componen el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Así pues, el contenido y la forma de la Memoria deben ajustarse al contenido y la forma del Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Si la Sociedad puede presentar el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias en su forma ABREVIADA, evidentemente la Memoria también se presentará en dicha forma. Le recomiendo que lea al respecto los Artículos 171 a 174, ambos inclusive, del REAL DECRETO LEGISLATIVO 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Así como los Artículos 181, 190 y 199 y ss. Del mismo texto legal. Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.