Subvenciones de explotación

Cierro ejercicio en una cooperativa y tengo una duda, resulta que hemos recibido por primera vez una subvención de explotación pero está pagada en junio, cuando yo cierro ejercicio es a 31 de mayo pero corresponde a los gastos justificados del año que cierro y del anterior, con lo que si la hubiera cobrado este ejercicio sería parte a ejerc. Anteriores y parte de subv. Explotación de este ejercic. Pero como no se ha cobrado ¿se espera contabilizar al ejercicio siguiente o bien como sé lo que se ha pagado al cierre la pongo en 4708. Hp deudor por subv. Concedidas y la contabilizo?

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Entiendo tus dudas, yo hace un año empecé a trabajar en una fundación que recibe muchas subvenciones, y al principio es un lío.
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En primer lugar: si esa subvención que te concedieron (suponemos que a más de un año vista) ha cubierto gastos del año que cierras, debes pasar de la cuenta 485 (ingresos periodificados, donde deberías haber puesto el importe que te adjudicaron) a la 7xx de ingresos que tengas en un plan contable.
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En segundo lugar: el cobro a 31 de mayo estará pendiente en una cuenta 440 de deudores por la subvención, no en una 4708 (esta es de Hacienda, y supongo que no es Hacienda quien te ha concedido la subvención).
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Suerte, si quieres más información házmelo saber.
Un saludo. David
Hola David, en primer lugar muchas gracias, pero quiero explicar que aunque la subvención es para varios años de antemano no sé la cantidad que me van a dar porque depende de los gastos administrativos que justifique en cada periodo, luego a fecha de cierre no sé si me darán todo el importe de gastos que justifiqué y no lo sé hasta que no lo cobro (es decir junio)luego no tengo nada en la cuenta que indicas 485, ademas esos gastos corresponde parte a este ejercicio que cierro y parte al anterior (no a ejercicios futuros)¿Cambia esto algo? Gracias y un saludo
Se me olvidé recomendarte una web: http://www.solucionesong.org/
Aquí encontrarás documentación, preguntas/respuestas y otros temas relacionados con el tercer sector, las ONG's y fundaciones.
David
Nosotros no tenemos ningún caso similar al tuyo, ya que siempre hacemos una propuesta de ayuda, y nos la conceden o no, por un importe total o parcial, pero siempre sabemos cuanto es el máximo que podemos gastar (el importe que va en la cuenta 485). Mi consejo para tu caso sigue siendo el mismo aunque puntualizando: supongo que tendrás identificados todos los gastos de esa subvención, a final del ejercicio deberías hacer un asiento 440 deudores A 7xx subvenciones de explotación. De esta forma tus gastos en las cuentas 6xxx destinados a esa subvención quedarán compensados con la cuenta 7xx de subvención, y en la cuenta 440 tendrás el derecho de cobro de la subvención. No utilices la 485, no es necesario porque no sabes cual es tu presupuesto inicial. Suerte!. David

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