Hola Atdochado. ¿Podría decirme cuál es el plazo máximo para presentar ante el organismo correspondiente la liquidación cero de un préstamo de un socio a la sociedad? Gracias por su respuesta
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
La concesión de un préstamo Socio-Sociedad constituye una TRANSMISIÓN ONEROSA y por tanto es un acto o contrato gravado por el ITP. El Artículo 102.1. del Reglamento del ITP establece que el PLAZO DE PRESENTACIÓN de la correspondiente autoliquidación del ITP es de 30 días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato. Así pues, suponiendo que el PRÉSTAMO se formalice por escrito y se eleve a Escritura Pública, el plazo será de 30 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de dicha Escritura. Si por el contrario solamente se formaliza por escrito (Contrato), los 30 días hábiles se contarán a partir del siguiente inmediato posterior a la fecha de dicho Contrato. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dude en formular NUEVAS CONSULTAS (una vez finalizada y valorada ésta) para resolver sus dudas.