Leasing

Hola, mi pregunta es la siguiente:
Estoy llevando la contabilidad de una empresa y tengo un problemilla con unos leasing que se cancelaron pero aun me sigue apareciendo saldo en la cuenta de acreedores a largo plazo debido a que el anterior contable debió de hacer algo mal.
Así que quería saber como debo arreglarlo, si debo de llevarlo a beneficio y si es así que cuenta es.
Gracias.

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Te pongo un ejemplo de contrato de leasing sin ejercicio de la opción de compra (vehículos).
Se pactó la adquisición de un camión mediante un contrato de leasing a tres años. Al finalizar el contrato decidimos no ejercer la opción de compra y no adquirir la propiedad del camión. El importe de la última cuota era de 5.000 Euros. El precio del camión era de 100.000 Euros, y está amortizado en 20.000
Cuenta Concepto Debe Haber
521 Deudas a corto plazo 5.000
2817 Amortización acumulada de derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. 20.000
670 Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial 75.000
217 Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. 100.0
CUENTA DEBE: 521, 2817, 670
CUENTA HABER: 217--------100.000 Euros
La deuda a largo plazo pasaría a deudas a corto plazo porque supongo que faltara menos de un año para la finalización del contrato, ahora bien esa deuda sigue pendiente con el proveedor por lo que debe seguir en la cuenta 521 hasta que se resuelva la situación y finalice el pago.
Si lo que te refieres es que ya se cancelo la deuda entonces la cantidad de la cuenta 521 la llevas a la cuenta correspondiente.
Podrías llevarlo a la cuenta 778 ingresos extraordinarios, Ingreso atípico, esporádico, e incluso fortuito, que no tenga otra cuenta más específica en este Plan de Contabilidad.

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