Una Sociedad 'A' paga los gastos en que incurre otra Sociedad 'B' con la que, en principio, no tiene ninguna relación. ¿Cómo se contabilizaría esta forma de operar?
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
Si una Sociedad Mercantil atiende el pago de GASTOS DEVENGADOS por otra Sociedad Mercantil, resulta evidente que LA PRIMERA está PRESTANDO DINERO a la segunda. Así pues, en la Contabilidad de la SOCIEDAD PRESTAMISTA (la que paga) se registrará lo siguiente: (542X) a (572) Por el importe de los GASTOS pagados por cuenta de la Sociedad X. En la Contabilidad de la SOCIEDAD PRESTATARIA (la que ha devengado el Gasto) se registrará lo siguiente: (6210) Por el importe del arrendamiento devengado. (472) Por el importe del IVA soportado. A (4751) Por el importe del IRPF retenido (si legalmente corresponde la retención). A (521Y) Por el importe satisfecho en su nombre por la Sociedad Y. En el momento en que la Sociedad X (PRESTATARIA) regularice, en todo o en parte, su situación financiera con la Sociedad Y (PRESTAMISTA) se realizarán los siguientes asientos, en cada una de la Sociedades: En la sociedad y (572) a (542X) Por el importe recibido de la Sociedad X para compensar la deuda. En la sociedad x (521Y) a (572) Por el importe satisfecho a la Sociedad Y para compensar la deuda. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.