¿Los intereses por descubierto y /o comisiones por excedido son servicios bancarios o gastos financieros?

Mi duda es si los intereses y /o comisiones por excedido ( así lo denominan en los extractos bancarios) son servicios bancarios o gastos financieros, ¿cuál seria la cuenta exacta?
Y aprovechando, ¿el modelo de declaración 786 "regularización presentación extemporánea" que recoge exactamente y como se contabilizaría?

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Los intereses irían a una 669 mientras que las comisiones a una 626, si son poca las cantidades puedes cargalas todas a una 626. Respecto al modelo que me comentas en H.P.no he encontrado ningún modelo de ese tipo, si lo encontré mod. 786 en la entidad recaudatoria del perú, es un modelo utilizado en aduanas pero no puedo explicarte más. Ruego valores la respuesta.

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