Recargo seguridad social

Hola, en que cuenta puedo contabilizar un recargo de demora del 3% de la seguridad social por no haber pagado dentro del plazo establecido.
Y unos intereses de demora que nos cobra hacienda por declarar un iva de aduanas del año 2005, en el trimestre que no corresponde.
Gracias de antemano y saludos. Yolanda.

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Como los recargos por presentación extemporánea no son deducibles, yo los meto todos en una 678... pero una 659 también vale, como prefieras... suerte! R.

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