¿IVA Intracomunitario se contabiliza como gasto para un autónomo en recargo de equivalencia?
Hola a todos,
Mi duda es la siguiente:
EL IVA que paga un autónomo en régimen de recargo de equivalencia de operaciones intracomunitarias, se contabiliza como gasto?
Me explico.
Como 1000€ a un proveedor alemán, en 2011. En 2012, hago el 309 para pagar el IVA + RE de dichos 1000€, qué corresponde 220€ (18% + 4%).
Estos 220€ euros los pago en 2012, pero corresponden a las compras de 2011, entonces, cuando hago la declaración de IRPF de mis gastos e ingresos, entre mis gastos debo añadir los 220€?
Saludos