Modificación del Activo - Préstamo
Quería saber si podían orientarme sobre algunas cuestiones acerca del nuevo Plan General Contable. Estas son;
Resulta que tengo una Sociedad y la actividad es de servicios. Lo hago a través de una franquicia que adquirí en el 2008. ¿El pago a la franquicia lo realicé en el 2008 por un importe de 20.000? Y, 4.000? De esos 20.000, eran en concepto por el compromiso de la franquicia hacia mi para captar clientes.
Ahora, ¿pasado el año no se han cumplido los objetivos por lo que en Agosto de 2009 me devuelven los 4.000? Y, lo vamos hacer con una factura rectificativa. ¿La cuestión es que había contabilizado en su momento todo el importe de los 20.000? (¿Qué incluía los 4.000? Como les comente), como un inmovilizado intangible y, a final del 2008 me aplique la amortización lineal del 10% (¿osea 2.000?).
Y, la otra cuestión es, que el banco me dejo en el 2008, ¿25.000? Para que pudiera financiar la operación y, hasta la fecha he estado pagando todas las cuotas pero en Julio de 2009 consigo que el banco me conceda un nuevo préstamo, anulando el anterior y, ¿ahora en ves de pagar 800? ¿Pago 400?, con lo cual entiendo que tengo que anular contablemente el anterior préstamo y abrir el nuevo ¿Es así?.
¿Entonces seria? Dar de baja la deuda a largo plazo (17...) pasarla al debe por los años que quedan...
En cuanto a la (52...) pienso que también va en el debe para eliminar el saldo que había metido a principios del año 2009 cuando hice la regularización con la (17...)
Y, luego lo abono a la (572...), ¿entendiendo qué sale del banco...?
Por ultimo, ¿el asiento de entrada del nuevo préstamo lo mismo? Se carga la (572...) y al haber (17...) y, (52..¿)?
Agradecería sin querer molestarle, si pudiera decirme a grosso modo, los asientos que pudiera tener en cuenta y, si hay algo importante que pueda destacarse.
Resulta que tengo una Sociedad y la actividad es de servicios. Lo hago a través de una franquicia que adquirí en el 2008. ¿El pago a la franquicia lo realicé en el 2008 por un importe de 20.000? Y, 4.000? De esos 20.000, eran en concepto por el compromiso de la franquicia hacia mi para captar clientes.
Ahora, ¿pasado el año no se han cumplido los objetivos por lo que en Agosto de 2009 me devuelven los 4.000? Y, lo vamos hacer con una factura rectificativa. ¿La cuestión es que había contabilizado en su momento todo el importe de los 20.000? (¿Qué incluía los 4.000? Como les comente), como un inmovilizado intangible y, a final del 2008 me aplique la amortización lineal del 10% (¿osea 2.000?).
Y, la otra cuestión es, que el banco me dejo en el 2008, ¿25.000? Para que pudiera financiar la operación y, hasta la fecha he estado pagando todas las cuotas pero en Julio de 2009 consigo que el banco me conceda un nuevo préstamo, anulando el anterior y, ¿ahora en ves de pagar 800? ¿Pago 400?, con lo cual entiendo que tengo que anular contablemente el anterior préstamo y abrir el nuevo ¿Es así?.
¿Entonces seria? Dar de baja la deuda a largo plazo (17...) pasarla al debe por los años que quedan...
En cuanto a la (52...) pienso que también va en el debe para eliminar el saldo que había metido a principios del año 2009 cuando hice la regularización con la (17...)
Y, luego lo abono a la (572...), ¿entendiendo qué sale del banco...?
Por ultimo, ¿el asiento de entrada del nuevo préstamo lo mismo? Se carga la (572...) y al haber (17...) y, (52..¿)?
Agradecería sin querer molestarle, si pudiera decirme a grosso modo, los asientos que pudiera tener en cuenta y, si hay algo importante que pueda destacarse.
3 Respuestas
Respuesta de marques50
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Respuesta de sakyamuni
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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