Contabilizar autónomos

Quería consultarle cómo contabilizar los autónomos de los socios en una sociedad civil. ¿Qué subcuentas deberían figurar en el asiento?
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El pago de la cuota de los socios en una sociedad civil es por cuenta de cada socio por lo que no tiene que efectuar ningún asiento contable de la empresa.

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En una sociedad civil, los recibos de autónomos se contabilizan en la cuenta 642-Seguridad Social a cargo de la empresa. Los asientos podrían ser los siguientes:
Al final de cada mes se contabiliza el gasto y la obligación del pago:
Debe de la 642 por el Haber de la 476
Cuando se pague el recibo:
Debe de la 476 por el Haber de la 572
Gracias por la respuesta.
Entonces, si contabilizo los autónomos como gasto de la sociedad, ¿significa eso que después no me los podré deducir a titulo personal en los modelos 130 trimestrales?
Muchas gracias!
Al contrario. Los sujetos pasivos de una sociedad civil son los socios y por lo tanto son ellos los que deben hacer la declaración de renta y las declaraciones trimestrales en proporción a su participación en la Sociedad Civil.
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Los autónomos son retribuciones en especie de los socios, por lo que si tienen una nómina de liquidación de salarios, y la empresa liquida el autónomo por cuenta de ellos, este debe considerarse como un mayor importe del salario percibido.
Dentro de la nómina habrá un apartado donde indique "percepciones en especie", o algún concepto similar (dependiendo del formato que utilices), en donde se indicará el importe del autónomo que se paga.
Por tanto, no hay una cuenta para los autónomos, sino que se considera como un mayor importe del salario percibido por los socios, y por tanto se computa en la cuenta de Sueldos y Salarios.
Si esto no te aclara, me avisas y lo vemos con un ejemplo.

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