El cierre de un ejercicio

Tengo unas dudas sobre cómo podría desarollar el problema que le muestro a continuación:
Al cerrar el ejercicio 200x, la empresa BACKPOS S.A. Se encuentra con unas pérdidas de 17.430euros. Su capital social es de 210.000 euros; cuenta con reserva legal de 50.000 euros y reserva estatutaria de 10.000 euros. Tanto el capital como las reservas permanecen intactas desde 200x-4.
El resultadp de los dos años anterioresm también ha sido negativo: 7.500 euros en 200x-2 y 142.600 euros en 200x-1.
Se pide:
Realizar las operaticiones necesarias para respetar lo dispuesto en la LSA en cuanto a pérdidas y patrimonio neto.

2 respuestas

Respuesta
1
Si reduces el capital social en 30.150 euros y lo destinas a compensar pérdidas, el patrimonio será 2/3 del capital social, por lo que habrás reequilibrado la sociedad.
¿Entonces no hay que hacer ninguna operación?
Sí, reducir el capital social
Respuesta
Como se trata de un ejercicio para que aprendas, prefiero razonar contigo y ayudarte en ello, en lugar de resolverte el ejercicio sin más.
Para empezar dime que dice la LSA referente a las péridas y el patrimonio.
Ok, me parece bien tu respuesta. Tengo hecho el ejercicio, más adelante te lo mostraré si quieres.
Según el art.163 LSA, cuando las pérdidas hayan disminuido el patrimonio neto por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital, y haya transcurrido un ejercicio social sin que se recupere dicho patrimonio.. vamos que está en quiebra... y que no podremos compensar pérdidas mediante reducción de capital mientras que la sociedad cuente con reservas voluntarias o la legal supere el 10% de la cifra del capital social art.168LSA
Efectivamente. Entonces, tenemos reservas voluntarias (o estatutarias, que viene a ser lo mismo), por tanto, ya no procede reducir capital. Y aunque no las hubiera, la reserva legal supera el 10% del capital social.
De esto se deduce que queda descartada la reducción de capital. Por tanto, procede aplicar las pérdidas contra las reservas, no contra el capital.
¿Conforme?.
Si, he entendido. ¿Pero cómo procedo a aplicar las pérdidas contra las reservas? ¿Te refieres a un asiento? En el libro no me pone nada de eso, aparte de Reducción por constitución o aumento de las reservas... estoy bastante perdido.
Si habría que hacer el asiento:
(113) Reserva voluntaria
             A (121) Resultados negativos de ejercicios anteriores
Pero tengo que hacer alguna operación.. o simplemente el asiento, ¿sumando la reservas?
El asiento quedaría así ( o eso creo):
Reserva legal (112) 50.000
Reserva estatutaria (114) 10.000
Resultados negativos (121) 60.000
¿Me quedan más resultados negativos para anular con cargo a capital social? ¿Cómo sería?
No. El capital social no se toca. Se supone que en futuros ejercicios se seguirán generando beneficios. Esas pérdidas que quedan pendientes, se compensarán con esos futuros beneficios.

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