Fecha contabilización compensación 121
Cuando tengo que compensar la cuenta 121 con la 129 se he obtenido beneficios, el 31 de diciembre para calcular impuesto sociedades o el 30 de junio del ejercicio siguiente.
Si tengo pérdidas durante más de un ejercicio, se traslada el saldo de la 129 a la 121, el día 31 de diciembre o 30 de junio del siguiente ejercicio.
Estoy empezando en la contabilidad y estoy muy liada con el cierre del ejercicio; pregunto y me dan las dos respuestas como correctas.
Muchas gracias.