Embargo Seguridad Social por Deuda de Socio
Hola buenas tardes.
Como se contabiliza en una S.L. Un embargo de la Seguridad Social correspondiente a las deudas de uno de los socios (12% capital social) que mantenía en el ejercicio particular de sus actividades profesionales. Es decir, este socio era autónomo peró el año pasado liquidó el negocio por la crisis, dejando deudas con proveedores, hacienda, seg. Social, etc..
La Seguridad Social, imagino que tras varios intentos de embargo de los bienes del socio (bancos, etc...), nos envió una notificación para indicarnos que debíamos cubrir las deudas del socio, lo cual hicimos pagando el importe exigido.
¿Cómo se contabiliza este pago? Como una deuda a mantener con el socio con cargo a la cuenta 551 e ir rebajándola con un reparto de dividendos ... Como lo más lógico es que este socio no pueda pagar la deuda con la empresa ¿puede contabilizarse este embargo como gasto del ejercicio tipo pérdida extraordinaria?
Gracias y saludos.
Como se contabiliza en una S.L. Un embargo de la Seguridad Social correspondiente a las deudas de uno de los socios (12% capital social) que mantenía en el ejercicio particular de sus actividades profesionales. Es decir, este socio era autónomo peró el año pasado liquidó el negocio por la crisis, dejando deudas con proveedores, hacienda, seg. Social, etc..
La Seguridad Social, imagino que tras varios intentos de embargo de los bienes del socio (bancos, etc...), nos envió una notificación para indicarnos que debíamos cubrir las deudas del socio, lo cual hicimos pagando el importe exigido.
¿Cómo se contabiliza este pago? Como una deuda a mantener con el socio con cargo a la cuenta 551 e ir rebajándola con un reparto de dividendos ... Como lo más lógico es que este socio no pueda pagar la deuda con la empresa ¿puede contabilizarse este embargo como gasto del ejercicio tipo pérdida extraordinaria?
Gracias y saludos.