Contabilización de la previsión de pagos salariales variables y bonus

Me gustaría saber que, si un trabajador tiene bajo contrato una parte de su remuneración que varía en función de su desempeño y consecución de objetivos, qué asiento contable debería hacer la empresa para recoger ese posible gasto que se pueda dar a futuro, ( lo mismo el trabajador lo consigue al 100%, como no consigue nada), teniendo en cuenta el principio del devengo.

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Al hablar de un posible gasto quiere decir que todavía no se ha producido, con lo cual deberías dotar la provisión correspondiente en la cuenta 140 Provisión para retribuciones al personal. Aquí tienes un ejemplo del asiento en cuestión:

http://www.plangeneralcontable.com/?tit=asiento-de-la-cuenta-140-provisión-para-retribuciones-y-otras-prestaciones-al-personal&name=GeTia&contentId=spg_ast140&lastCtg=ctg_27

¿Esta dotación es de obligado cumplimiento para todas aquellas empresas que tengan sistemas de retribución variable?

Gracias y un saludo

En principio, si quieres hacer la contabilización correcta y respetar el principio de devengo tendrías que dotar la provisión. Lo que no te puedo decir es si desde el punto de vista legal estás obligado a hacerlo. Desde luego, desde el punto de vista contable, y aludiendo al ya citado principio de devengo, sí.

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