¿Facturas para el modelo 347?

Buenos Días;

Tengo una duda con el modelo 347. Una vez realizando este, hablando con con los proveedores me doy cuenta que tengo facturas que no contabilice porque no me las

trajeron. Entonces las cifras no me coinciden con los proveedores, ellos dicen de declarar sus importes, y yo que tengo que realizar una complementaria del mod 303 y mod 390. O dejarlo pasar y contabilizarlo en este año.

muchas gracias

Un saludo

1 Respuesta

Respuesta
1

A modo de resumen, las liquidaciones complementarias se presentan cuando el importe a ingresar es mayor o a devolver o compensar es menor que en la situación inicial. Si no se enmarca dentro de cualquiera de estas dos situaciones anteriores, podrías contabilizar las facturas el 01/01/2014.

Perdona pero me lio en estas cosas. No estas facturas que me faltan son mayor a devolver o compensar. En ese caso no tendría que realizar una complementaria del año pasado. Pero en el modelo 347, pongo las cifras que me da a mi sin contabilizar dichas facturas o lo que le sale a mi proveedor.

Un saludo

En el modelo tienes que declarar lo que tú tienes contabilizado en 2013.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas