Voy a contraer deudas

Hola, ante todos gracias por la labor que están haciendo.

Tengo dos prestamos personales que en un mes no voy a poder hacer frente.

He hablado con ellos para ver si me pueden hacer algún cambio para pagar menos en el tiempo. Los de BBVA no me han contestado y los de CETELEM me dicen que no me lo van hacer por que mi situación es mala.

Los créditos los adquirí hace dos años y ascienden a 25000 € también tengo un régimen de alimentos de 270€

La cuestión es que actualmente no tengo ningún ingreso, no trabajo, tengo que dejar la casa donde estoy de alquiler pues no puedo pagarla y vender los enseres para ingresar algo de dinero.

Me siento desesperado.

Mi novia es latinoamericana y vive en su país, ella me propone irme a su país para no quedarme en la calle y ayudarme a buscar un trabajo para mi.

Quería realizar las siguientes preguntas;

1 que puedo hacer, me siento desesperado. Actualmente estoy con un tratamiento psiquiátrico por depresión.

2 Mi novia quiere que nos casemos y yo tengo miedo por si mis problemas la puedan a ella afectar y poderla a ella ejecutar sus bienes.

3 los prestamos están domiciliados en el mismo sitio en BBVA, si tengo dinero de pagar a un solo banco y a otro no, puedo hacerlo?

4 Si me empiezan a embargar o cuando lo hagan cuantos intereses voy a pagar se me puede hacer interminable y mi intención es pagarlo.

5 como puedo mandar dinero a mi hijo sin que me lo quiten los bancos.

Le doy las gracias por si me pudiera ayudar.

Un cordial saludo.

Javier

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Con respecto al tratamiento psiquiátrico, lo siento mucho por usted, pero no puedo hacer gran cosa. En cuanto a la segunda cuestión, si se casa en régimen de separación de bienes, no embargará nadie los bienes de su esposa.

En cuanto a la tercera, si usted quiere pagar, pero ha de hacerlo por orden, haga ingresos en la cuenta directa del banco donde está domiciliado el préstamo. Si hace usted el ingreso correspondiente a la cuota, tampoco le embargarán ese ingreso. En cuanto a la cuarta, si le demandan judicialmente, las costas e intereses de demora los pagará usted. Habrá de convencer al acreedor de su voluntad de pago, para que no le cargue mas gastos. A la quinta, si quiere usted mandar dinero, puede enviar transferencias, ingresos a través de cuenta y otras formas que evitan el embargo sobre la pensión de alimentos, que por otra parte es inembargable.

Hola Muchas gracias por contestarme.

El punto 3 no lo entiendo bien. Yo le preguntaba que allí osea en BBVA tengo todo domiciliado, sin embargo no voy a poder pagarlo todo, -Si tengo algo de dinero y lo ingreso, quien se lo lleva. Puedo tener algún orden de pago? A lo mejor puedo pagar la cuota del BBVA pero de cetelem no o pagar un poco a cada uno.

Por otro lado los intereses de demora como se aplican, si no hay juicio, o si hay, cuanto tiempo me pueden estar cobrando intereses, de ese modo nunca podre pagarlo.

Por supuesto que tengo interés en pagar, pero no tengo trabajo, no tengo ingresos.

Reciba usted un cordial saludo.

La cuestión del punto tres, la matizamos. Usted tiene domiciliado dos pagos y dice que solo podrá pagar uno. Si ese es el caso, usted puede ingresar dinero y con el ingreso determinar en qué concepto o para quien hace el ingreso. Es un ingreso por cuenta corriente.

Por otra parte, en su contrato de préstamo, usted ha firmado el reconocimiento del pago de intereses, ordinarios, que se cargan con la cuota y los de demora que se reclaman con las cuotas impagadas.

Si no hay juicio, no le cobrarán costas, pero los intereses, a priori, se pueden reclamar. Si llegado el momento de pagar, usted negocia un acuerdo con el acreedor, quizás se evite un pago excesivo de los intereses.

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