¿IRPH Entidades para VPO?

Con el tema este del nuevo referencial IRS, veo que mi hipoteca que está con IRPH Cajas, va a ser modificada a partir del año que viene cuando deje de existir este.


Mirando las condiciones de mi hipoteca, pone que si desapareciera IRPH Cajas, en primer lugar se aplicaría el "tipo medio de los prestamos hipotecarios a mas de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por el conjunto de entidades" (entiendo que esto es IRPH Entidades). Y que en segundo lugar, si tampoco se pudiera aplicar esta referencia por su falta de publicación, se utilizará la equiparable que publique el Banco de España, etc... (que imagino que seria el IRS)


La cuestión es, el piso al que afecta esta hipoteca no es libre, es VPO comprada de segunda mano, por lo que imagino que según el texto citado, el IRPH Entidades no se podría aplicar por no ser una vivienda libre, no??... Y la segunda opción, entiendo que tampoco seria aplicable puesto que no es porque se deje de publicar, sino porque se han equivocado en la primera opción tratando de aplicar un referencial no valido para VPO.


Esta es la conclusión que he sacado leyendo sobre esto en diferentes sitios y aplicando un poco la lógica a lo que está escrito en la documentación de la hipoteca.


Me gustaría que me resumieran si lo que digo es así, o por el contrario es lo que diga el banco, ya que en caso de estar mal redactado ese apartado de mi hipoteca y tener yo razón, tendría que hablar con el banco para solventar esto, no??


Espero puedan responderme, muchísimas gracias.

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