Hipoteca en un piso que no es de propiedad

En sentencia de divorcio a mi ex se le adjudica un piso y a mi otro, ambos con carga hipotecaria donde tenemos la obligación de asumir la correspondiente carga. Los pisos están a nombre en un 100% de cada uno pero la hipoteca en un 50%. La duda es la siguiente, si mi ex deja de pagar la correspondiente hipoteca, como me va a afectar a mí, y que es lo que tengo que hacer. ¿El banco me reclama a mí su hipoteca aunque la vivienda no sea mía en propiedad catastral?, me embargan el otro piso, mis cuentas, mis ahorros..., que es lo que puedo hacer para no verme perjudicada por su incumplimiento.

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El banco reclamara a los titulares del crédito, luego si el crédito es de ambos y resulta impagado total o parcialmente les reclamara por ello, y efectivamente si la responsabilidad es solidaria, ello puede acabar con el embargo de la otra vivienda.

Lo que puede hacer caso de impagar su ex es reclamarle por lo impagado.

En principio, el asunto tiene una solución difícil, la única opción seria que ustedes se pusieran de acuerdo, y cada uno pasara a ser titular unicamente de su crédito para con su vivienda, ahora ello conllevaría acuerdo con el banco y novación hipotecaria, es decir no es fácil ni rapido de realizar.

Lo que significa, que da igual que lo que diga un juez, prevalece el banco?, si un juez adjudica un bien a una de las partes donde este debe de asumir el coste hipotecario con carácter obligado, el banco reclama a los hipotecados y no al dueño de la vivienda! lo veo un tanto contradictorio o injusto.

El procedimiento en caso de no pagar en entonces sería denunciar a mi ex, pero para cobrar el banco las cuotas impagadas, me embargan las nóminas, ahorros, otras propiedades...., o primero embargan el piso hipotecado. ..., y sale a subasta....., si la deuda no la cubre, el banco entonces embargan lo demás.......La verdad que desconozco los pasos. Por previsión saco mis ahorros del banco, pongo mi piso a nombre de otra persona........, no sé. Hay avalistas por el medio también.

otra cuestión, y por complicar más la cuestión, la vivienda de mi ex, la tiene alquilada y los inquilinos no pagan......

La verdad que reconozco que la situación es complicada. el tema de poner las hipotecas a nombre de cada uno, el banco nos metía un palo tremento, euribor más 4%, cuando las condiciones actuales es euribor más 0.35%, nada de subrogar con las mismas condiciones, no sé si esto es correcto o no, solo sé que en este país estamos casados con los bancos, y estamos a las expectativas de lo que ellos digan, su palabra vale más que la de un juez!!! alucinante. Gracias por su atención.

Un juez puede determinar una cuestión, como es que la vivienda ha de hacerse cargo su expareja, pero ustedes tienen un contrato hipotecario firmado con el banco... y esto no lo cambia el juez... es decir, que el banco les reclamara a ustedes y usted luego podría reclamar a su expareja...

Al haber un cambio de titularidad del bien, han de modificar también las condiciones de la hipoteca, y esto en ningún sitio dice que sea gratis... Pueden cambiar la hipoteca con ese banco o con otro... o que se lo preste otra persona... pero esto no puede un juez obligar ni al banco...

Que la vivienda este alquilada o no, es una cuestión diferente... pero usted debería reclamar a su ex marido que cambie la titularidad del bien y de la hipoteca...

Agradecemos valoración de la respuesta.

El procedimiento me queda claro, y agradezco su respuesta,sobre todo con la prontitud que lo hace. Pero un banco para cobrar los recibos del préstamo bancario, embarga las cuentas o primero embarga el bien y a continuación si después de salir a subasta no cubre el total de la deuda, procede a embargar las cuentas, nominas, bienes........, cuanto tiempo puede pasar??? y los avalistas ¿que intervienen en última instancia ?o cuando los propietarios no pagan los recibos???, es la duda que tengo, si primero es la liquidez de la persona o el bien hipotecado lo que embargan.

Gracias por su tiempo y dedicación.

Cuando se trata de un bien hipotecado, normalmente( en el 99.9%) de los casos, a por lo que se va es a por el bien hipotecado, pues lo que llamamos hipoteca, no es sino un crédito, con una garantía especifica que lo avala( la vivienda), y una vez acabado el procedimiento de ejecucion hipotecaria y la subasta, es cuando se procede a los embargos de cuentas, salarios, etc..

En el caso de haber avalistas, habria que leer dicho aval, pero caso de que sean solidarios, se puede interponer directamente la demanda contra todos juntos los responsables, o demandar a los titulares, y una vez la deuda ultima ir a por los avalistas. Depende del caso.

Un saludo, agradeceria cierre pregunta y valoracion respuesta.

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