Conversion ico y póliza en préstamo hipotecario

El 08/05/2013 formalicé con Sabadell un ICO por importe de 50000€ y una póliza por importe de 40000€. El ICO y Póliza estaban a nombre de la EMPRESA A; y la EMPRESA B se presentó como avalista con un local de su propiedad tasado en 162000€.

Ahora queremos convertir este ICO y Póliza en un Préstamo Hipotecario, por importe de 90000€, y nos comentan que tenemos que volver a pagar Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

¿Cuál es el importe que tendremos que pagar por este concepto?

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Sin conocer los datos concretos, es difícil indicarle, pues incluso dependerá de su comunidad autónoma.

En cualquier caso, lo que realmente hacen ustedes en cancelar un crédito y una póliza y contratar un crédito hipotecario, por lo tanto, es lógico que liquiden impuesto de actos jurídicos.

El notario, su abogado o incluso la entidad financiera, seguro que puede ayudarles con esta información.

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