La plusvalía en el impuesto de sucesiones
Buenos días:
Debemos liquidar en la Diputación General de Aragón el Impuesto de Sucesiones por la muerte de nuestra madre (que era viuda), pues tanto ella como nosotros somos residentes en Aragon. Sabemos que antes de calcular la Masa Hereditaria se pueden deducir deudas y gastos. Hemos heredado varios inmuebles, incluida su vivieda habitual. Por lo tanto, también hemos de liquidar el impuesto municipal conocido como Plusvalía. Consideramos que esta es una deuda o gasto imputable a mi madre, en el sentido de que la plusvalía se ha generado durante el tiempo en que mi madre fue propietaria. Además, si ella hubiese vendido el inmueble por el valor que figura en nuestra declaración, habría pagado la plusvalía, y entonces el capital heredado (y por tanto gravado en el impuesto de sucesiones) sería el precio del inmueble menos la plusvalía pagada. ¿No podemos deducir de la Masa Hereditaria el impuesto de Plusvalía (aunque en el recibo figure nuestro nombre) y calcular las cuotas de gravamen a esa masa reducida?. Muchas gracias.
Debemos liquidar en la Diputación General de Aragón el Impuesto de Sucesiones por la muerte de nuestra madre (que era viuda), pues tanto ella como nosotros somos residentes en Aragon. Sabemos que antes de calcular la Masa Hereditaria se pueden deducir deudas y gastos. Hemos heredado varios inmuebles, incluida su vivieda habitual. Por lo tanto, también hemos de liquidar el impuesto municipal conocido como Plusvalía. Consideramos que esta es una deuda o gasto imputable a mi madre, en el sentido de que la plusvalía se ha generado durante el tiempo en que mi madre fue propietaria. Además, si ella hubiese vendido el inmueble por el valor que figura en nuestra declaración, habría pagado la plusvalía, y entonces el capital heredado (y por tanto gravado en el impuesto de sucesiones) sería el precio del inmueble menos la plusvalía pagada. ¿No podemos deducir de la Masa Hereditaria el impuesto de Plusvalía (aunque en el recibo figure nuestro nombre) y calcular las cuotas de gravamen a esa masa reducida?. Muchas gracias.