Retraso en el impuesto de plusvalía por herencia de vivienda
Con el fallecimiento hace 10 años de nuestro padre, pagamos el impuesto de sucesiones e hicimos el cuaderno particional, pero no hicimos nada más dado que nuestra madre seguía en la vivienda y no nos corría prisa. Ahora ya queremos zanjar este asunto: notario/registro de la propiedad para vender posteriormente. He visto que el recargo por no pagar el impuesto de plusvalía a tiempo puede llegar a ser muy alto, como el 20% anual. ¿Es correcto? ¿Cuándo se genera el hecho imponible? ¿A fecha del fallecimiento o cuando iniciemos el papeleo?
3 respuestas
Respuesta de David PEREZ SIERRA
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda
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Respuesta de Smith Sophia
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