Impuestos Renta

Hola Experto,
Mi pregunta es la siguiente: en una compra-venta me he acogido a la exención por reinversión del beneficio que saqué (40.000 Euros). Ejercicio 2007 declaro venta, y en el ejercicio 2008 declaro la compra de vivienda habitual. Hacienda me dice que no he reivertido los 40.000 E. Y tengo que tributar por la parte que no he reinvertido haciendo una declaración complementaria del año 2007 (diferencia que encuentra entre los gastos de la nueva vivienda y mi actual préstamo hipotecario) ¿Cómo puede demostrar hacienda que yo no he reinvertido todo lo ganado? En mi declaración del año 2008 yo sólo me desgravo el porcentaje equivalente al préstamo hipotecario que tengo como indica la casilla 792. ¿Debo realmente tributar o puedo aplicar esta manera de desgravar mi vivienda para no tener así que pagar?
Perdona por todo el rollo y gracias.

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¿La primera compraventa (2007) fue de una vivienda habitual?
SI era de una vivienda habitual que compré en al año 2002
Habría que comprobar varias cosas:
1ª) Que la totalidad de lo obtenido en la venta de la antigua vivienda habitual se invirtió en la adquisición de la nueva.
2ª) Para ello sería necesario que la nueva vivienda valiese más que la antigua y que se hubiese adquirido dentro del plazo que marca la ley (dos años).
Si ello es así y se puede demostrar simplemente acudiría a la delegación de Hacienda y se lo explicaría, porque puede acogerse a la deducción por reinversión según lo dispuesto por el artículo 38 de la LIRFP y el 41 del reglamento.

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