Agencia Tributaria

Buenos días,
En primer lugar agradecerle la posibilidad de contactar con Ud. Para resolver asunto de mi interés.
Desde el año 2007 y hasta el año 2009 estoy realizando el curso de Sargento en la Academia General Básica de Suboficiales del Ejercito de Tierra en Granada.Soy residente y tengo mi domicilio en la Ciudad de Ceuta a la que acudo cada vez que tengo un permiso.
Segun el Art. 69.4.1b RD 3/2004 tengo derecho a la deduccion del 50% en mi declaracion de Renta.La Agencia tributaria me realiza  paralela correspondiente a declaracion de Renta  ejercicios 2007 y 2008 rechazando mi derecho a la deduccion del 50% por residencia en Ceuta.
Tras numerosos escritos y recursos en base al anticulo que le he indicado anteriormente, la Agencia Triburaria me embarga las cuentas bancarias, basándose en la extemporalidad de mis escritos y recursos(ya que no me encuentro en mi domicilio al estar haciendo el curso de Sargento).
He preparado un nuevo recurso, pero al no ser experto en la materia no estoy seguro y no lo he presentado aun. A continuación le indico la base del mismo:
S O L I C I T O:
1.- Nulidad del acto administrativo en relación Renta 2007 y 2008 por vicio en los elementos constitutivos del acto por afectar los intereses legítimos del abajo firmante.
El acto administrativo es anulable ya que la administración ha realizado una errónea apreciación de los hechos que forman la causa del acto.
La nulidad solicitada se basa en los principios a continuación detallados:
a) Falta de Causa. Al fundamentarse en hechos inexistentes o falsos.
b) Falta de Motivación. Ya que el acto administrativo es ilógicamente motivado.
c) Vicios en el Objeto. Ya que el objeto del acto no es cierto.
2.- Devolución importes embargados e intereses si proceden en relación Renta 2007 y 2008.
Le ruego atienda Ud. Mi consulta, a la brevedad posible.
Albesol

Añade tu respuesta

Haz clic para o