IRPF-2012. Bien inmueble herencia.
Un piso en herencia, con testamento, a favor de dos hermanos.
Por falta de acuerdo hubo que ir a pleito de división de la herencia.
Mediante sentencia judicial se adjudica el piso a uno de los hermanos, que es el único que muestra interés en adjudicárselo.
El hermano que queda como propietario único compensa al otro pagándole la mitad de la valoración hecha por un perito judicial.
Se ha pagado el Impuesto de Sucesiones.
¿En qué cantidad en el IRPF-2012 se tiene que cargar el ahora único propietario del piso, en el 1,1% (piso está revisado) del valor catastral del mismo, o en el 1,1% del valor con el que compensó a su hermano?.
Hay que tener en cuenta que NO es la compra de un piso, sino la adjudicación por sentencia firme judicial de división de herencia de la mitad del mismo.
Muchas gracias.