Devolución IRPF destinada a deudas con un Ayuntamiento que demuestro que no existen
En primer lugar, muchas gracias por poder exponer mi pregunta y poder recibir un poco de luz sobre este asunto.
Se trata de la devolución de IRPF2012, que me comunica la Agencia Tributaria que la destinan a pagar deudas de un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid. Contactado el ayuntamiento, me exigen el pago del impuesto de vehículos de un coche desde 2004 a 2012. Dichos impuestos estaban al corriente y se demuestra al Ayuntamiento en cuestión, tras una larga jornada de búsqueda de documentos que me exigían en la Jefatura de Tráfico de Madrid, para lo que tuve que pedir un día libre en el trabajo. Posteriormente con fecha 08-07-13 me informa el Ayuntamiento que se va a tramitar la devolución de lo cobrado indebidamente. Telefónicamente me indican que los pagos se hacen a finales de mes, por lo que mi reembolso no tendría lugar hasta finales de julio. Además me informan que los intereses se calculan hasta la orden de pago, por lo que el tiempo que posteriormente lleve la orden en tesorería del Ayuntamiento hasta que la devolución sea efectiva, no computa a efectos de intereses. A primeros de Agosto contacto telefónicamente y me indican que como no había muchos pagos que hacer a finales de julio, lo han dejado para finales de agosto. Gracias a esto, me quedo sin vacaciones porque la suma es importante. ¿Hasta cuando pueden retener mi dinero?¿Puedo pedir responsabilidades a alguien por todas las molestias que me están generando? ¿Por qué normativa la Agencia Tributaria puede disponer del dinero de los ciudadanos para pagar deudas que no comprueba con otras entidades públicas?
Me encuentro en una situación de indefensión total y con unas vacaciones que tengo que pasar en casa, por lo que me gustaría emplear este tiempo libre en reclamar a quién corresponda, si es que fuese posible.
Mil gracias por su atención.