Cantidad a tomar en cuenta en una donación para ejercer derecho de tanteo y retracto

mi tía quiere donarme una plaza de garaje en la que figura que el ayuntamiento tiene opción de ejercer derecho de tanteo y retracto por un plazo de diez años, estaría todavía dentro de ese plazo. Para mayor seguridad, quisiera saber si en el caso de que se ejerciera ese derecho, como realmente yo a mi tía no le entregaría dinero, sino que los impuestos se pagarían en base al valor de compra de esta plaza de garaje, el ayuntamiento tomaría ese valor de referencia para abonarle esa cantidad a ella en el caso de que se quisieran quedar con ella, o si realmente no le daría nada al haberme donado a mí la plaza, sin haber recibido dinero a cambio

muchas gracias

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