Recurso AEAT. Deducción por vivienda habitual y mínimo por descendiente.

Hola a todos,
Os cuento mi problema. Resulta que desde 2007 a 2010, estuve trabajando en Cataluña, yo residía anteriormente, al igual que ahora, en Castilla La Mancha, donde también residen mi esposa y mi hijo, en el mismo domicilio.
En 2007, cuando me trasladé a Tarragona, compre una vivienda, que deduje desde 2007 hasta 2010 como vivienda habitual.
En el año 2012, la Agencia Tributaria me hizo una comprobación de los años 2008, 209 y 2010, diciéndome
que no estaba justificada que la vivienda de Tarragona fuese mi
vivienda habitual. Yo aporté toda la documentación requerida:
certificados históricos
de empadronamiento, consumos de agua, gas y electricidad, utilización
de los servicios sanitarios, certificados de escolarización de mi hijo,
hasta las ITV y la documentación del coche que lo tenia domiciliado allí y no se sabe cuantas cosas mas. Después
de realizar la comprobación, me contestaron que no había quedado
demostrado suficientemente que fuese mi vivienda habitual por tres
razones:
- Las empresas para las que había trabajado estaban en Madrid
- Las facturas del agua, luz y gas se envían al domicilio de mi esposa.
- Mi hijo va al colegio en otra comunidad autónoma.
- Los certificados de correos me los recogió una vecina.
Evidentemente todo lo que demostraba fehacientemente que residía allí al parecer no fue tenido en cuenta. Si entrar en lo que esto me parece, que no viene al caso, recurrí la declaración paralela explicándoles
que una empresa domiciliada en una comunidad autónoma tiene derecho a
realizar acciones comerciales y a contratar empleados en todo el
territorio nacional (esto es algo no demasiado evidente ya que era
autónomo, no contratado), que no tenia un lugar dedicado a almacenar
papeles en un apartamento, que hacienda no tenia el detalle de llevarme
las cartas a donde yo estaba y que al tener una oficina de correos con
horario reducido era muy difícil
recoger cartas cuando estas sometido a un horario laboral, y que mi
hijo iba al colegio en donde vivía, que dicho sea de paso no era donde vivía yo.
Una
vez presentado este recurso, ya en Castilla La Mancha donde se trasladó
el expediente cuando dejé de trabajar en Cataluña y volví a aquí, me
han respondido que no queda suficientemente demostrado que fuese mi
vivienda habitual ya que (cito textualmente) "Resulta
incoherente que el titular resida en una comunidad autónoma distinta de
la del descendiente cuando el requisito para reducirse a un hijo es la
convivencia con el mismo"

Esto último es literal, incluido lo de "reducirse a un hijo" :)
Ahora por lo tanto me toca o presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.
Mis dudas son:
- Es evidente que se están
mezclando churras con merinas, es decir, queda claro que he metido la
pata en la deducción por el niño, pero están intentando quitarme la
deducción por vivienda, que es mucho mas dinero (hablamos de mas de 5000
euros) y que he aplicado de forma legal ¿Pueden hacerlo? O lo que es
lo mismo, puede prosperar el razonamiento que me dan (por que la verdad
es que a mi me parece bastante peregrino).
- ¿Debería regularizar
la deducción por hijo (siempre en el supuesto de que no prospere esto)?
Teniendo en cuenta que hay una sentencia del Tribunal Constitucional
(19/2012, de 15 de febrero de 2012.) disponible en http://www.boe.es/boe/d%C3%ADas/2012/03/12/pdfs/BOE-A-2012-3534.pdf que declara inconstitucional que la convivencia con el hijo sea requisito para la deducción.
- ¿Puedo (y debo) utilizar esta sentencia en el recurso de reposición o en la reclamación económico-administrativa?
- ¿Que es mejor, el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa? ¿en que se diferencian?
Os
agradecería que me echaseis una mano, porque tengo un poco de lío y el
plazo para presentar recurso o reclamación se me acaba el día 13.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo,
Fernando.

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