¿Deben retenerme en la nómina IRPF?

Buenas tardes, trabajo en un Bufete de Abogados contratada cinco horas por una sociedad y dos horas por un autónomo. Nunca me han retenido IRPF en la nómina ya que por las horas que cada uno me tenía contratadoa nos dijeron que NO era obligatorio. Ahora se va a disolver el bufete (era una S.C) y unos asesores nos dicen que SI es obligatorio retenerme en nómina tanto por las cinco horas como por las dos. Pueden decirme si es cierto que hay que retenerme y cuánto sería el porcentaje de retención en cada caso?
Gracias de antemano.
Fdo. Charo

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