Impuesto de sucesiones y dinero en un calcetín

Mi madrina de 95 años por su avanzada edad convive conmigo y mi familia desde hace ya algunos años. Por el momento es relativamente independiente en sus actividades diarias.
Es propietaria de una vivienda, que según el testamento me la deja de herencia a es fallecimiento. Tenemos de forma INDISTINTA una c/c a la vista con una cantidad de dinero, que tenemos de reserva por si en algún momento necesitara contratar a 1 o 2 personas para su atención en nuestra casa, o una residencia si fuese necesario
Tengo claro que a su fallecimiento tendría que satisfacer el impuesto de sucesiones respecto de la vivienda. Sin embargo, respecto al importe de la c/c de la que somos titulares de forma indistinta estoy pensando realizar con su consentimiento una trasferencia por el importe total a una c/c a mi nombre solo, o bien sacar el dinero y tenerlo en efectivo en un calcetín en casa o alquilar una caja de caudales en una entidad bancaria?
Me gustaría me aclararan de forma puntual los siguientes aspectos:
1) A su fallecimiento, ¿cual es el porcentaje por el que tributaría por el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Canarias, teniendo en cuenta que no me une parentestc directo? Y ¿cual sería el valor a aplicar a la vivienda el de mercado o el catastral?
2) Al trasferir el dinero a una c/c a mi nombre solo, ¿estaría incurriendo en alguna ilegalidad cara a Hacienda?
3) Al llevarme el dinero a un calcetín de nuestra casa, MANTENIENDO LA TITULARIDAD DE DICHO DINERO DE FORMA INDISTINTA, ¿incurro en alguna ilegalidad cara a Hacienda? ¿es ilegal tener dinero en efectivo en casa o en una caja de caudales de una entidad bancaria?
Agradecería que las contestaciones lo sean hechas de forma puntual, tal como están planteadas.
Atentamente
L. González

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