Dudas Canje de Obligaciones Subordinadas por Acciones de BANKIA
Os pongo en situación (Actualizado – 29 feb 2012) :
I) Hace 2 años, el 11 de febrero de 2010, tras finalizar un depósito con una alta rentabilidad quise continuar invirtiéndolo, y el director de la oficina de Caja Laietana me propuso de comprar obligaciones subordinadas (deuda subordinada Minorista, ISIN: SE0214846059 con vencimiento el 15/3/2035) , pero el problema rae en que no me explicó el riesgo REAL del producto, sino que todo el contrario, me alentó a hacerlo,puesto que me l lo asimiló como si fuera un depósito a largo plazo. Yo le pregunté :
1 . Me aseguráis el capital invertido ? La respuesta fue Sí.
2 . Recibiré un % de interés a cambio de comprar las Obligaciones Subordinadas ? La respuesta fue Sí. Un 5% TAE Trimestral.
3 . Podré vender las obligaciones subordinadas cuando quiera ? La respuesta fue Sí, no hay ningún problema. Sólo debes saber que deberás pagar 5€ por poderlas vender y recuperas el 100% del capital.
II) Con qué problema me encuentro en estos momentos ?
1 . Recibí una llamada la semana pasada del director del banco, me personé en la oficina de BANKIa para que me explicara este cambio repentino de política puesto que soy una de las muchas personas afectadas. (de entre ellas se encuentra mucha gente mayor, y sin tener un perfil de inversor - en las cuales me incluyo -)
2 . Me comentó que tenía 2 opciones:
a) No aceptar el canje de las Obligaciones subordinadas a ACCIONES de BANKIa y por lo tanto si escojo esta opción, me vinieron a decir que :
- No me aseguran que continúe recibiendo el CUPÓN trimestral ( el 5% TAE Trimestral del importe invertido) que hasta ahora si que estoy percibiendo. Ante este comentario, me empezó a crear inseguridad y lo que desconozco es... SI no acepto su propuesta de Canje a ACCIONES, es posible que dejen de abonarme el CUPÓN Trimestral si no tienen pérdidas? ( Pese a que , en el contrato, pone que este Cupón lo debes recibir hasta al Vencimiento de las Obligaciones Subordinadas - el 15/3/2035 - mientras la entidad tenga beneficios.)
- No me aseguran que si continúo con las obligaciones subordinadas, más adelante las pueda canjear por acciones y por lo tanto la única salida que tendría seria esperar al final del vencimiento (siempre y cuando no quiebre BANKIA) o venderlas al mercado secundario ( perdiendo – no se sabe que porcentaje.. - el 50%, 60%, 80%... ¿? De la inversión ya que al no poder operar con su mercado interno como hasta ahora, la nueva normativa europea les restringe hacerlo como ahora y por lo tanto deberían de venderlo al mercado secundario ).
- Por otro lado, estuve revisando el contrato de la orden de compra de obligaciones subordinadas me sorprendió leer que ponía que la entidad emisora puede realizar la amortización anticipada de los títulos desde la 5to año de la data de emisión. Qué significa realmente esto ?? que el BANCO pasados 5 años desde que firme la orden de compra de las obligaciones me pueden vender, ellos mismos, al precio que ellos quieran, el 100% del importe invertido ? Provocando al cliente algún tipo de pérdida económica ??? Y de ser así, de que % estaríamos hablando ?
b) Aceptar el canje de obligaciones subordinadas por ACCIONES... Pero a qué PRECIO ?? Pues ofrecen estas 2 opciones :
1 . Te harían el canje a ACCIONES con el 100% del Nominal y con la obligación de mantener las acciones hasta el 14 de junio del 2013. Y mi pregunta es.. Y entonces que ?? A qué precio estará el valor de las ACCIONES DE BANKIA ?? Si ahora esta alrededor de 3€ por acción, de aquí a 1 año y medio es muy probable que se encuentre por los suelos ¿? Y entonces que pasa?? Pues que podríamos estar hablando de un porcentaje de pérdida del 50% de la inversión inicial ???
2 . Te harían el canje a ACCIONES con el 75% del nominal, de las cuales las podrías vender cuando quisieras. Pero que pasa con el 25% restante ? Pues que lo perderías. Por lo tanto de % estaríamos hablando de pérdidas ? Del 25% + el precio de la acción en el momento de hacer la venta ¿?.
III) Mis dudas son :
Teniendo en cuenta que no tengo una necesidad a corto plazo (entre 3-5 años) de poder disponer de mi capital y después’d haberme informado en diferentes FOROS económicos sobre mi situación actual expuesta más arriba y mi poca o nula experiencia en el sector inversor o financiero, me surgen MUCHAS inquietudes y cierta desconfianza con el BANCO puesto que en su día, CREO que no me informaron de las CONDICIONES TOTALES del producto que estaba contratando (con sus pros y contras) sólo se limitaron a exponer la parte positiva del intríngulis. Por todo esto os expongo las siguientes dudas que agradecería de nuevo poder tener la valoración u opinión de cualquier persona con unos conocimientos más adelantados/experimentado sobre la materia y poder entre todos tener una idea más clara y poder tomar una mejor decisión :
1) Qué PROS y CONTRAS existen en cada uno de de los casos ( Aceptamos el canje o no) ?
2) Cuál es la mejor opción a escoger si quieres mantener el 100% o el máximo de capital posible??
Muchas gracias.
PD. Esta tarde he llamado al teléfono de atención al inversor del CNMV, me han dicho que mañana me llamaran para aclarar mis dudas. Ya os diré que me han dicho al respeto.