Recibido ingreso por haberes por error, ¿Qué puede ocurrir? (Articulo 254)

Pues resulta que una empresa me tenia que pagar el finiquito, y no habiéndolo hecho, me puse en contacto con ellos.

Después de varias conversaciones, acabe recibiendo el ingreso, que era por una cantidad mínima (1 semana de trabajo).

Cual es mi sorpresa, al ver que el día 30 de abril he recibido un ingreso por una suma que seria igual a 4 semanas de trabajo , con concepto "Haberes".

Se que si me lo reclaman, habré de devolverlo, pero mi pregunta es si esto sucede el mes que viene, si se tipificara por un delito según el:

Artículo 254 del Código Penal.
Será castigado con la pena de multa de tres a seis meses el que, habiendo recibido indebidamente, por error del transmitente, dinero o alguna otra cosa mueble, niegue haberla recibido o, comprobado el error, no proceda a su devolución, siempre que la cuantía de lo recibido exceda de 400 euros.

O si, cada mes que lo reciba (y si lo recibo), será un nuevo delito, y que consecuencias tiene este delito. La cantidad que he recibido ha sido inferior a 400 euros.

Yo no voy a gastarme ese dinero si sigo recibiéndolo, lo ingresare en otra cuenta por si algún día lo reclaman, pero al ser una empresa muy grande con mas de 10.000 trabajadores no se si se darán cuenta. Ya han pasado 8 días desde el ingreso y no he recibido ninguna notificación.

Espero que responder a esta pregunta no signifique una ruptura con la moralidad, yo entiendo que debería devolverlo, pero tampoco me lo voy a gastar. Digamos, que lo voy a dejar en stand-by.

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