Vender vivienda de menos de tres años

Hola, Alberto. Mi pregunta es la siguiente: Mi pareja y yo tenemos un piso en común hace 1 año y medio. Si nos casamos y lo vendemos para comprarnos otro, ¿se considera como vivienda habitual por habernos casado? Lo digo por poder acogernos a la exención por reinversión y no tener que pagar el 15% de las ganancias. Mi duda es: ¿Se considera una de las excepciones la celebración de matrimonio aunque ya vivamos juntos?
Gracias por tu ayuda

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Para que una vivienda se considere vivienda habitual tienes que estar empadronado en ella y haber habitado la misma mínimo 3 años, si no cumples este ultimo requisito, olvidate de considerarla como tal. Aunque la ley permite que esos 3 años no se cumplan en caso de matrimonio, no veo claro vuestro caso, probablemente quedase a la interpretación de inspección en caso de comprobación. En vuesro caso y si no es muy urgente que os mudéis, esperad otro año y medio, y si tendrías seguro la exención por reinversión. Si tienes más dudas coméntamelo y se especifico con:
-Hipoteca actual
-Valor compra vivienda
-% De titularidad
-Fechas tandto de adquisición como de empadronamiento en la misma.

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