Ganancia venta inmueble.

Hola, tengo entendido que el dinero obenido de la venta de un inmueble considerado primera
vivienda queda exento de impuestos si es reinvertido en otra vivienda. En breve venderé mi
actual vivienda y de lo beneficios obtenidos invertiré 50000 euros en un vivienda que
comprare con mi pareja, el aportara 14000 euros. Nos han comentado que si escrituramos
al 50% las facturas serán también al 50%, por lo tanto la factura a mi nombre seria de 32000 E.
Mi duda es si exite alguna manera de que conste que he invertido los 50000 E que no sea escriturar
al % que corresponde. ¿Es posible que ya que el tiempo disponible para reinvertir es de 2 años
se considere los pagos de la hipoteca durante estos 2 años como reinversión? ¿Y las amortizaciones
extraordinarias?
Gracias por adelantado

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Pide que las facturas sean por el importe que realmente se pone, si es necesario hacéis la salvedad en la escritura de que se aporta 50.000 por un lado y 14.000 por otro y que se escritura al 50% porque se compensará en pagos futuros de hipoteca.
Una vez que compras la nueva vivienda ya está reinvertido por lo que ya no tienes que contar con los dos años para la reinversión.
Las amortizaciones extraordinarias serán desgravables en su momento si no superan el límite máximo de desgravación.
Gracias Félix, aunque me queda una duda.
¿Solo queda exento de impuestos el dinero entregado como entrada?. Por ejemplo si el benificio es de 80000E y en la entrada doy 50000E, ¿los 30000E restantes tendré que declararlos como ganancia o es posible reinvertirlos más tarde en concepto de pagos de la hipoteca o de amortizaciones extraordinarias?. ¿En caso de declararlo como ganacia el porcentaje a pagar es del 15%?
Los restantes puedes utilizarlos para cualquiera de los pagos de la vivienda, pero solo tienes dos años de plazo para ello, si lo sobrepasa, entonces será aumento patrimonial y, efectivamente, pagará el 15%.

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