Ganancias patrimoniales

Hola, en setiembre de 2004 vendí mi vivienda habitual y no tengo intención de reinvertir en otra. ¿Debo pagar el 15% de las ganancias este año o puedo esperar al año que viene como me han dicho algunas personas?

1 Respuesta

Respuesta
1
Las ganancias se declaran en el año en que se obtienen. NO PUEDES esperar.
La fecha la determina el documento de venta ya que suele coincidir con la entrega de las llaves.
No tienes que tributar por la venta si tienes más de 65 años...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas