Costes de reparación.

Hola, una pregunta espero que sencilla.
Vivo en un ático con terraza a nivel y de la cual tengo el uso y disfrute aunque es "logicamente" comunitaria.
Últimamente han aparecido goteras en el piso de debajo de la terraza debidas al desgaste natural de la misma (más de 30 años) y se están solicitando presupuestos para que se repare en su totalidad.
El caso es que los vecinos me comentan que "según la ley" yo deberé pagar la mitad de la reparación por ser usufructuario de la terraza, y el resto se pagara dividido entre todos los propietarios (actualmente pagamos cuotas iguales a todos los efectos de gastos de escalera y/o extraordinarios).
¿Es cierto que en algún punto de la "LEY" dice que yo, por algún motivo debo hacerme cargo de la mitad del coste de la reparación?.
Saludos.

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Según la "LEY" no tiene usted porque pagar la mitad de la reparación por ser usufructuario de la terraza.
La Ley 49/1960, de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal, en su artículo 9, punto 1. Dice Son obligaciones de cada propietario: ... e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el titulo o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización. (Le envío un link para consultar esta ley http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm )
Caso distinto es que en la escritura de división horizontal del edificio se disponga otra cosa, ya que es en esta escritura donde figura el coeficiente de participación de cada uno de los departamentos del edificio, si hay algún departamento eximido de algún gasto, o que determinados gastos se paguen por determinados departamentos.
Para una primera aclaración consulte la escritura de división horizontal, si existen estatutos, los estatutos, y si existe reglamento de régimen interior, también.

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