Ascensor

En un inmueble de 18 años de antigüedad, tres plantas más bajo y azotea visitable vamos a instalar un ascensor. Se ha votado que sólo llegue al tercero, no hasta el rellano de la azotea. ¿Hay alguna norma que obligue que llegue a todas las plantas del edificio, incluida la azotea? Si nos obligan a poner rampa para minusválidos en la entrada del edificio para el acceso al ascensor, según normas sobre supresión de barreras arquitectónicas, ¿qué dicen esas normas sobre el acceso a la azotea? Gracias

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¿La azotea se utiliza habitualmente? ¿Para tender u otras cosas?
Si es de uso común, y hay algún minusválido que lo solicite sí debéis instalar hasta la azotea, si no, no es necesario hay muchísimos edificios que no hay espacio útil para instalar ascensor en la planta azotea y están solo hasta el rellano anterior.
De todas maneras, para solicitar el permiso de instalación os darán toda la información necesaria.
¿Sabes si hay alguna página en internet sobre normativas andaluzas al respecto?
No conozco, pero los que sí saben toda la normativa son los instaladores de ascensor, preguntad a varios y sacad vustras propias conclusiones, y no tangas miedo de consultar al ayuntamiento, para eso están y las consultas no son vinculantes.

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