Protesto de un efecto

He negociado una letra en el banco y a su vencimiento, el cliente no ha atendido el pago y me han cargado el importe de la letra y ciertos gastos. Me han comentado la posibilidad de efectuar un protesto notarial. La pregunta es:
¿Qué es y como funciona el protesto notarial de un efecto? ¿Para qué sirve?
Gracias anticipadas

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Las letras de cambio se pueden protestar hasta 1 días después de su vencimiento y además haber girado la letra con la cláusula "con gastos", así que si ha pasado más tiempo solo se puede hacer un requerimiento notarial de pago.
El protesto es más efectivo desde el punto de vista del pago más inmediato, pero el requerimiento tiene parecidas características y tienes que llevar el efecto al notario para que él se presente en el domicilio del librado para requerir el pago

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