Facturación

Buenas. Dentro de poco comenzaré a cobrar lo prestación por desempleo, no el paro. Existe una Cooperativa que quiere que yo le preste mis servicios de manera esporádica y temporalmente incierta, es decir, un par de horas al mes, a la semana o cuanto y cuando se necesite. Esos servicios debo facturarlos ya que ellos no quieren vinculación laboral. A mi me interesa ese ingreso adicional. ¿Qué figura jurídica (autónomo, SL, etc.) debo utilizar para facturar debidamente y sin perder el derecho al cobro de la prestación por desempleo?
Si entre mi esposo y yo formamos una S.L. Teniendo en cuenta que estamos casados en régimen de separación de bienes. ¿Podemos ser empleados de esa sociedad? ¿De qué manera?
Respuesta
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Las prestaciones y subsidios por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
Por tanto, no existe forma legal de hacer lo que quieres de manera oculta pero lo que sí puedes y debes hacer es comunicar la realización de dichas actividades al Servicio Público de Empleo Estatal para que se proceda a suspender el abono de la prestación por el período que corresponde a dicha actividad.
El cobro del subsidio se suspenderá por los días que dure la actividad reanudándose posteriormente.

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