Cobrar un trabajo esporádico

Soy trabajador asalariado y voy a hacer un pequeño programa informático para una empresa. Tengo varias dudas a la hora de cobrar este trabajo: ¿Estoy obligado a darme de alta como autónomo, aun siendo un trabajo esporádico?. ¿Qué fórmulas existen para cobrar dicho trabajo?. Me han comentado que puedo emitir 2 o 3 facturas (el trabajo sera durante 2 años) sin IVA y que la empresa me retendrá el IRPF que luego tendré que declarar, ¿es eso cierto?.

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Para cobrar cualquier remuneración de este tipo debes de estar dado de alta en el epígrafe de programador de ordenadores, y estar dado de alta en la seguridad social como autónomo, este epígrafe es de profesional y las facturas que emitas están sujetas a retención, los 3 primeros años al 7% y después al 15%. Normalmente para cualquier trabajo que esté fuera de tu ámbito como asalariado debes estar al corriente con la agencia tributaria y con la seguridad social a efectos de altas censales y de I.A.E.
Algunos tipos de actividades, al estar en el régimen general trabajando por cuenta ajena y ser a la vez profesional puedes estar dado de alta en licencia fiscal y no abonar los seguros autónomos.
En materia de cursos impartidos por profesionales, también está la opción de no darse de alta y facturar solo con la retención, es algo esporádico y profesional, pero te recomendaría que estuvieses dado de alta tanto en hacienda como en la seguridad social, ya que para facturar normalmente has de ser empresa.

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