Acuerdo de la comunidad de vecinos

Hola
Te comento mi problema:
El pasado lunes día 1 de octubre se decidimos por mayoría acometer la reparación de la fachada y del canalón principal, en esta misma reunión decidimos la elección del contratista
Y la cuota a pagar por mes para sufragar la obra.
También decidimos que al lunes siguiente
Viniese el contratista para explicarnos
Los pormenores de la obra.(A esta reunión no asistí)
De todo esto no se dejo constancia escrita, como siempre ha ocurrido hasta ahora, ya que nunca hizo falta.
Mi sorpresa radica en que ayer veo en el tablón de anuncios que la comunidad ha acordado la obra pero la cuota a pagar no se corresponde a lo pactado en la 1º reunión.
La 2º era para hablar con el contratista, solamente.
¿Me asiste algún derecho? ¿Puedo impugnarla? ¿De ser así que pasos he de seguir? ¿Hasta dónde me aconsejas llegar y cuando debería "parar"?
Saludos y gracias
Mauro

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Te asiste toda la Ley de Propiedad Horizontal. Te aconsejo que te la compres o la consigas gratis en el Colegio de Administradores de tu ciudad, o la busques en Internet. Los acuerdos deben obedecer a una serie de requisitos para que obliguen a los Condueños y, por lo que intuyo, no se hace bien ni la convocatoria a las asambleas. No es necesario que llegues a ninguna parte: Te opones a pagar y será la Comunidad quien deberá llegar donde pretenda, con el agravante de que si no ha hecho las cosas bien, no va a conseguir nada.

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