Bienes gananciales, pagos a Hacienda y premios dinerarios

Buenas, mi duda es, un matrimonio esta casado con bienes gananciales, durante el matrimonio se obtiene un premio de 30000 euros, que están en una libreta donde el único titular es el marido, como estese encuentra muy delicado de salud, por los posibles problemas que pueda conllevar esto, se cambia el titular de la libreta a nombre de la mujer, mi preguntaes,¿se considera como una donación y hay que pagar el tanto por ciento correspondiente a hacienda o al haber bienes gananciales no pasa nada y se haría solo caso al testamento aun habiendo hijos? ¿Seria ilegal hacer esto sin comunicarlo?, gracias

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La pregunta debería estar formulada en la categoría de Derecho.
Se considera una donación gravada con el Impuesto de Transmisiones Patrimonioales y Actos Jurídicos Documentados. Pero aunque usted piense que si no se dice nada a la Hacienda Pública, nadie se entera, le diré que existe una normativa del Banco de España, que han de comunicar a éste y al Ministerio de Hacienda cualquier movimiento que exista entre cuentas por un importe superior a los 5000€, aunque las haga cumulativas, el banco tiene un sistema que detecta si ha superado esa cantidad.
El ITPAJD es un gravamen intervivos y el Impuesto de Sucesiones mortis causae, que se aplica uno u otro en función de que los intervinientes estén vivos los dos o uno de ellos hubiera fallecido.
Ruego cierre la pregunta y valore

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