Impago seguros de vida por invalidez

Hace unos cuatro años solicité el cobro de dos seguros de vida por el importe de invalidez, que me dio la Seguridad social. La compañía de seguros me denegó el pago alegando que estaba pendiente de revisión a los dos años. Sigo con la declaración de invalidez permanente absoluta para todo tipo de trabajo y según me han dicho aunque en su momento la seg. Soc. Pusiera que estaba pendiente de revisión, siempre lo pone aunque pocas veces lo hace; de echo no me han hecho ninguna revisión. Consulté y me recomendaron llevar a la cia. De seguros a juicio por impago y el resultado es que dicha compañía de seguros ahora me dice que me pagará el importe pero sin intereses (que no sé cuales son) y sin pagar las costas del juicio. ¿Esto es así? ¿Qué posibilidades tengo de cobrar intereses y que paguen ellos las costas?

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Estos casos a veces se enredan más de la cuenta.
Lo primero que deberías hacer en mi opinión poner en conocimiento de la seguridad social que posees un seguro privado y necesitas que te den el informe final de tu situación lo antes posible.
Por otro lado, las compañías suelen tener peritos (en este caso médicos) que hacen seguimiento del siniestro ocurrido y valoran también tu situación.
Tendrías que hablar con tu abogado para ver la posibilidad de cobrar esos intereses, los cuales de llaman intereses de de mora y por supuesto pagarte las costas del juicio ya que si lo has ganado entiendo debe hacer frente a ellos en este caso la compañía.
No obstante echale un vistazo a las condiciones generales de tu póliza donde deberían especificarte todo este tema de intereses por demora y pago de las costas de un juicio.
Si realmente en tiempo pasado la compañía debería haberte abonado tu indemnización y el juez así lo dice, se ve claro que debe hacer frente a todos los gastos y molestias ocasionadas. No dejes de reclamárselo.
Tal como me indica el tema se está enredando y está durando lo que nunca me hubiera pensado.
La compañía nunca me hizo un seguimiento a través de ningún perito ni valoro mi situación.
Mi abogado dice que la ley dice que han de pagar unos intereses de demora y si ganamos también tendrían que pagar las costas del juicio, pero el proceso está en que la compañía dice que paga sólo el capital inicial y que no quiere saber nada de intereses ni costas; pero entiendo que si ahora admite el pago del capital en cierta forma está admitiendo que en su día ya debería haberlo abonado con lo que tiene sentido lo de los intereses y si ellos hubieran pagado en su día, hoy yo no estaría llevándolos a juicio con lo que las costas también deberían pagarlas ellos.
Ahora está en manos del juez que (no sé cuando) dictaminará la sentencia, pero me gustaría saber si hay alguna ley concreta que trate este tema y no se resuelva a la libre elección de un juez, tanto el tema de los intereses como de las costas.
Gracias
Normalmente, las compañías en los seguros personales, los peritos suelen ser Médicos, y lo suyo es que este "perito" te haga el seguimiento de tu lesión y evolución del mismo. En caso contrario se estará a lo que determine la S.S.
En cuanto a lo de la Ley, la que rige la Mediación de Seguros Privados es la Ley 26/2006 de 17 de Julio de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, en la que te especifica el funcionamiento de toda la Mediación de Seguros.
Que el abogado que te lleve el caso, no deje de insistir en reclamar ese interés de demora.
Los Jueces normalmente están para solicuinar comflictos entre las partes que no se ponen de acuerdo; a veces fallan a favor del que tiene culpa o parte de ella, pero ante eso poco podemos hacer; es un Juez y como se suele decir lo que diga el es lo que va a misa para bien o para mal.
Muchísimas gracias por todo lo que me ha explicado y espero que se solucione todo pronto y porque no decirlo a mi favor y justamente.
Gracias

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