Tendré que pagarle a mi abogado...

Gané un juicio de tráfico el cuál me quedó cubierto por mi compañía de seguros y, donde la otra parte al cabo de cierto tiempo apeló, sin haber recibido ninguna cantidad en concepto de daños sufridos. Fuimos a juicio otra vez y volvimos a ganar, le reclamamos unos intereses de demora los cuales me pertenecían, y ahora ha salido la sentencia donde dice lo que debo de percibir,,, después de largos años... La sentencia ha salido ya y, a pasado más de 1 mes y no he recibido ingreso en cuenta. Mi abogado dice (que han llegado antes los papeles que el dinero, que esté tranquilo y que cuando me llegue el dinero "x" debo de pagarle el 20% del importe).Eso es así?... ¿En la sentencia hay algún sitio donde diga si estoy condenado en costas? Estamos hablando de casi 1000€. Sin nada más que añadir le agradecería su respuesta.

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Intento aclarar su consulta:

Es normal que si la sentencia se ha dictado hace un mes todavía no haya cobrado, más si es una sentencia de Apelación, en el sentido de que tienen que devolver el procedimiento al Juzgado de 1ª Instancia.

La sentencia dice claramente lo que le deben pagar: la cantidad principal, y luego los intereses legales (que habrá que calcular).

Lo del 20% será el pacto al que llegaría Ud. con su abogado cuando empezó el asunto, supongo.

Luego etan las costas: si a la otra parte le han condenado a pagar las costas, significa que su abogado y su procurador deberán presentar al Juzgado una factura (regulada conforme al Colegio de Abogados, no la factura que le corresponde a Ud. del 20 %), y la otra parte deberá pagar esa factura.

Para entenderlo: Si a Ud. le tienen que pagar 5.000, Ud. tendrá que pagar a su abogado lo pactado del 20% 1.000, y tendrá que pagar a su procurador también, digamos que 400 € ) osea le quedarán 3.600; luego su abogado presentará una factura conforme al Colegio de abogados, que puede ser de un importe aproximado de 800, y el procurador por ejemplo 300 €. Cuando la otra parte pague esas facturas, las tiene que cobrar Ud., por que Ud. ya ha pagado a su abogado y Procurador, y las costas son la indemnización que le pagan por los gastos que Ud. ha tenido por el importe de las facturas según el Colegio de Abogados (no por el importe que Ud. haya pactado)

Con todo ello resultaría en ese ejemplo que Ud cobrará en un primer momento: 5.000 - 1.000 = 3.600; y luego, cuando paguen las costas, Ud. cobrará 800 + 300 = 1.100,

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