Efectivamente, es posible. La norma de circulación habla de que en carriles sin delimitar, entrarán tantos vehículos como quepan en paralelo. Ahora bien, tenga en cuenta que las motos pueden adentar tanto por la derecha como por la izquierda, ya que tienen la misma visibilidad, no así un turismo, el cual tiene el volante a la izquierda.
¿Cómo se determina si caben en paralelo?. En mi caso concreto me disponía a realizar un giro a la izda en una vía de doble sentido y un único carril, cuando colisiono con un ciclomotor que venía adelantando en línea continua por la izda. La respuesta de mi compañía de seguros es que cabe la circulación en paralelo aunque sea una vía de una sola dirección y por tanto tendría que demostrar que la moto venía adelantando incorrectamente por el carril contrario. En caso contrario al poder circular en paralelo la culpa es mía. No entiendo nada.
Necesitaría que me contestarais en el caso concreto que planteo. Gracias.
Es una cuestión de maniobras: entre un adelantamiento y un giro, la maniobra más penada es la de giro, puesto que antes de hacerlo, se debe cerciorar uno de que lo puede hacer sin peligro y sin cortar la trayectoria a ningún vehículo. Si no hay línea continua, la moto le puede adelantar perfectamente, aunque lo normal es que la haya en las intersecciones, donde está prohibido adelantar en las vías de doble sentido de circulación. En ese caso, y si ambos sitúan el siniestro en el mismo lugar (mismo cruce), se puede enviar un perito a que realice un croquis, acreditando así la línea continua. Ahora bien, todo esto servirá, única y exclusivamente, en el caso de que el contrario reconozca que le adelanta por el carril del sentido contrario y que Ud. gira. Si él alegase que circulan en paralelo, y que Ud. gira (sin mencinar el adelantamiento), no serviría de nada enviar al perito, puesto que la responsabilidad recaería íntegramente en Ud., que es lo que me imagino que ha ocurrido.
Muchas gracias. En función a lo ´consultado veo que la única opción que tengo es el contar con testigos que prueben que la moto no circulaba en paralelo sino que iba adelantando por línea continua y por el carril contrario, ya que no disponemos de la declaración del contrario donde reconozca su culpa.