Cancelación arbitraria – no voluntaria de cuenta corriente
Me he dirigido hoy martes a una oficina principal de una entidad bancaria nacional grande, ya que necesitaba un extracto de cuenta con sus 20 dígitos, documento prescriptivo a efectos de domiciliar una línea telefónica, allí he sido informado de que mi cuenta fue cancelada en octubre! Cuando en ningún momento he hecho la más mínima gestión de cancelación ni mecánica, ni electrónica- telemática alguna.
Si bien es cierto que era una cuenta que no tenía apenas movimiento, era titular único de esta desde hacía no menos de 8 años, y aunque tenía últimamente unos 140.- euros acumulados en deber, dicha cantidad fue satisfecha (absorbida por ellos inmediatamente después de recibir un giro) de una sola vez; ergo era una cuenta sin importes adeudados.
Recuerdo que hubo unas palabras poco amables (por parte de ambos..) con el subdirector de la oficina principal de esta entidad, por la deducción automática que me efectuaron: siendo esta en un concepto no embargable-retenible como era. Cuando le manifesté que ciertos importes no eran embargables, según nuestra legislación; este reaccionó algo agresivamente; diciendo que “solo un juez haría que eso fuese posible”, a la par que me invitaba a cancelar la cuenta…
A lo que me negué rotunda y serenamente. Incluso al observar la inamovilidad de este directivo; quise quitar hierro y le propuse un reembolso de algún porcentaje por “pago completado”, a lo que dicho directivo respondió que le dejase un par de días “para ver el histórico de la cuenta y si eso se podía arreglar”.
Después de varias llamadas hace meses, donde este subdirector me decía que "aún no había tenido tiempo", fui perdiendo el interés por que me hiciese esa reducción, hoy me he encontrado con esta cancelación!
Me gustaría saber hasta qué punto esta cancelación es solo una irregularidad administrativa, una mala praxis, a un hecho grave- denunciable y/ o punible… A mí personalmente me parece miserable y entiendo que en buena lógica tendría que ir contra derecho. Resulta de una prepotencia tan grande y es una agresión tan obvia que me costaría mucho asimilar que no es ilegal!!
Enormemente agradecido de antemano por todo consejo y comentario que pudiese recibir!
Si bien es cierto que era una cuenta que no tenía apenas movimiento, era titular único de esta desde hacía no menos de 8 años, y aunque tenía últimamente unos 140.- euros acumulados en deber, dicha cantidad fue satisfecha (absorbida por ellos inmediatamente después de recibir un giro) de una sola vez; ergo era una cuenta sin importes adeudados.
Recuerdo que hubo unas palabras poco amables (por parte de ambos..) con el subdirector de la oficina principal de esta entidad, por la deducción automática que me efectuaron: siendo esta en un concepto no embargable-retenible como era. Cuando le manifesté que ciertos importes no eran embargables, según nuestra legislación; este reaccionó algo agresivamente; diciendo que “solo un juez haría que eso fuese posible”, a la par que me invitaba a cancelar la cuenta…
A lo que me negué rotunda y serenamente. Incluso al observar la inamovilidad de este directivo; quise quitar hierro y le propuse un reembolso de algún porcentaje por “pago completado”, a lo que dicho directivo respondió que le dejase un par de días “para ver el histórico de la cuenta y si eso se podía arreglar”.
Después de varias llamadas hace meses, donde este subdirector me decía que "aún no había tenido tiempo", fui perdiendo el interés por que me hiciese esa reducción, hoy me he encontrado con esta cancelación!
Me gustaría saber hasta qué punto esta cancelación es solo una irregularidad administrativa, una mala praxis, a un hecho grave- denunciable y/ o punible… A mí personalmente me parece miserable y entiendo que en buena lógica tendría que ir contra derecho. Resulta de una prepotencia tan grande y es una agresión tan obvia que me costaría mucho asimilar que no es ilegal!!
Enormemente agradecido de antemano por todo consejo y comentario que pudiese recibir!