Crédito ico, ¿Quién responde de los pagos del mismo?

soy administrador de una empresa y vamos a pedir un ico,a nombre de la sociedad, sin aval personal, mi pregunta es la siguiente, si por cualquier causa no se pudiera en un futuro hacer frente al pago del crédito,

¿se respondería con los bienes de la empresa que en este caso cuando se constituyo ante notario eran iguales al crédito?¿ si los bienes no son suficientes para responder debería responder el administrador ,en este caso yo personalmente, de la deuda?.

sin mas que darle las gracias de anticipado.

saludos cordiales.

ssg.

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