Limite garantizado por el Fondo de Garantía de Depósitos con un titular de cta. Fallecido

Hola, buenas noches. Mi padré falleció recientemente y los herederos no nos hemos puesto de acuerdo para realizar aceptación/partición del a herencia ante notario.

En el caudal hereditario hay un plazo fijo de 100.000 euros en el que ha quedado bloqueado el saldo hasta presentación al banco de los documentos que acrediten el acuerdo/reparto de los herederos. En la cuenta madre del plazo fijo hay otros 30.000 euros que tienen bloqueado un 50% también (por el titular fallecido). La otra titular es mi madre.

Mi pregunta es, si se trata de un Banco español en este caso, el límite garantizado de 100.000 euros por titular y entidad, ¿implica que en caso de intervención o quiebra de la entidad se perderían los 30.000 euros, o al estar bloqueados por ser una herencia yaciente y ser nudos propietarios los herederos de un porcentaje no hay peligro de perder ningún dinero?

Gracias de antemano.

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