Herencia

Quiero vender una casa que me dio mi padre de palabra, o sea, esta a su nombre, es jubilado y tiene 70 años. Quisiera saber que me compensa más, si venderla a su nombre para comprar otros inmuebles y ponerlos también a su nombre o ceaderme a mi la casa.Lo que acarree menos gastos. Tengo entendido que al ser mayor de 65 años no paga impuestos a hacienda al vender inmueblea, ¿es verdad? Y que gastos tendremos al comprar en la comunidad canaria al comprar inmueble. Gracias.

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Tendría que saber a que comunidad autónoma perteneces, para saber cual es la solución más barata.
Si fuera la de Madrid por ejemplo, te podría donar la nuda propiedad y reservarse el usufructo
La casa esta en la provincia de la coruña, ¿comunidad gallega.que es nuda propiedad?craeo que al donarla tendría que pagar el 30 por cieanto del valor del inmueble. Gracias. Espero su contestación.
En la Comunidad gallega van a aprobar en breve una nueva ley del impuesto de sucesiones y donaciones. Con la nueva ley los impuestos, según su cuantía, se reducirán considerablemente o desaparecerán. Por lo que la solución más aconsejable parece una donación.
La nuda propiedad tiene lugar cuando a una persona le corresponde el usufructo y a otra la nuda propiedad. (Ej: el testador dueño de una finca lega el usufructo de una casa a su cónyuge y la nuda propiedad a su hijo. El hijo mientras viva la madre será nudo propietario, cuando muera esta se convertirá en propietario)

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