Una herencia complicada (II)

Otra vez:
Como verás he cerrado pregunta en todo lo concerniente a todo lo que hemos estado dialogando este fin de semana, de nuevo mil gracias, me arriesgo a ser un tío cansino pero no quisiéramos hacer el ridículo en la notaria o que se presuponga cosas que no son, me he atrevido a realizar una plantilla de las clausulas del testamento, tu realiza los cambios oportunos de las posibles burradas. Lógicamente esto será ampliamente explicado a mi suegra y será ella la que libremente decida volver al notario. Hay que jo... E que se tenga que estar con nuestros pobres viejos de esta manera por culpa de los de siempre. Hay va la plantilla, y saludos.
Clausulas
PRIMERA: Respecto de la finca ubicada en el término municipal de ... Ubicación finca..., al ser propiedad de ...nombre de mi suegra... Por herencia, lega por mitad y sustituidas por sus respectivos descendientes a sus dos nietas ...nombre de las nietas e hijas de quien son...
                     Respecto del chalet y edificaciones ubicadas en la finca ya mencionada, al ser bienes gananciales, lega su parte usufructuaria a su hija ...nombre de mi mujer..., sustituida por sus respectivos descendientes.
                        Es mi voluntad que todos mis descendientes puedan disfrutar de la citada finca, sin que haya impedimentos por parte de ninguno para tal fin.
SEGUNDA: Respecto de los bienes inmuebles ubicados en la localidad de ..., lega toda su parte usufructuaria a sus dos hijas ... Y ..., sustituidas por sus respectivos descendientes, para que se cumpla estrictamente lo legado por su difunto marido ...nombre de mi suegro... En su testamento (clausula primera, apartados ... Y ...-en lo referente al último párrafo del apartado ... Se estará a lo dispuesto en el testamento de su marido y en la clausula primera de este testamento-).
TERCERA: Respecto del dinero en cuentas bancarias, se procederá, en el caso de no haberse hecho (tras la certificación del saldo emitido por la entidad bancaria al día de la muerte de su difunto marido ...nombre de mi suegro... ) al reparto que marque la ley y según titularidad de las citadas cuentas. Del posible saldo que quede al día del fallecimiento de ...nombre de mi suegra... Y correspondiente a su usufructo, (y tras contabilidad justificada por parte de su hija ...ya sabes quien... Sustituida por sus respectivos descendientes o en su defecto por el apoderado de ...nombre de mi suegra...), será repartido entre sus dos hijas ..., sustituidas por sus respectivos descendientes, de tal forma y manera que lo obtenido por una por haber sido cotitular en vida de ...nombre de mi suegro... Quede compensado en todo lo posible a la otra por no haberlo sido. Del mismo modo se deja constancia en este testamento que cualquier cuenta corriente, desde la muerte de su ya citado marido, puesta a nombre de ...nombre de mi suegra... En las que NO figure como titular ella sola o como cotitulares sus ya dos citadas hijas se han realizado sin el consentimiento de la testadora. Es mi voluntad que el reparto sea lo más equitativo posible y ajustado a Derecho.
CUARTA: Del resto de bienes instituye herederas universales de su parte usufructuaria, por partes iguales, a sus dos citadas hijas, quienes serán sustituidas vulgarmente por sus respectivos descendientes.
QUINTA: Revoca cualquier disposición testamentaria anterior a la presente.
Respuesta
1
Pues me parece bien, solo que no entiendo bien lo de la cuenta bancaria puesta a nombre de tu suegra, en la que no figure como titular ella sola, o como cotitulares... tal... y tal...
Pues se me escapa un poco.
La apertura de una cuenta bancaria es un contrato entre dos partes. De una el banco y de otra, los titulares. Y por supuesto, para que tenga validez, han de firmarlo todos.
(Consultale a tu hija, o si quieres en un banco).
Yo creo que un banco no va a abrir una cuenta a nombre de una persona sin que esa persona firme.
Desde luego, como precaución está bien. Algunos bancos con tal de conseguir una cuenta más, te dan el contrato para que lo lleves a los otros titulares y lo firmen. Y aceptan las firmas, sin haber presenciado como las hacía el titular. Y puede llamar a falsificaciones y problemas.
Y por otro lado, la cláusula segunda, tampoco la veo clara.
Entiendo que son fincas en gananciales. Que el marido dejó su parte en ellas, unas a una hija y otras a tu mujer.
Y ahora tu suegra debe dejar su 50%, de la misma manera, finca por finca, a una hija y a otra.
Pero solo hablas que lega su parte usufructuaria, pero no dices nada de que lega su parte propia.
Pongamos dos pisos: 50% del suegro. Deja el 50% de uno a tu mujer, y su 50% de otro a la otra. Eso creo que ha pasado ¿no?.
Pues podrá dejar la propiedad a las hijas, pero el usufructo a su viuda.
La viuda (tu suegra), es usufructuaria del 50% de su marido, pero propietaria de su 50%.
Y al morir tu suegra, el usufructo desaparece. Lo dice el código Civil: Artículo 513: " el usufructo se extingue:
1º por muerte del usufructuario".
Osea, que ¿para qué va a dejar en testamento el usufructo si el testamento solo entra en vigor cuando ella haya muerto y el usufructo ya no existirá?.
Además, que por ley, el usufructo no se puede legar ni heredar. Termina cuando muere el usufructuario.
Lo que tiene que dejar es la propiedad que le corresponde de las fincas gananciales. Su 50% de cada finca.
Pues nada, un saludo y hasta mañana, jajajaja, que seguro que seguimos.
Hola amigo:
Cierto, he confundido el usufructo con la propiedad, fruto de mi empanada mental, después de toda tu explicación, te dejo lo que tengo claro:
-Seis pisos, escriturados (que ya tenemos las escrituras de la parte de mi mujer, desde ayer), en régimen ganancial y puestas a nombre de los dos. Mi suegro, lega en testamento 3 a cada hija. Se muere, el 50% por ser ganancial es propiedad de mi suegra sin paliativos, el otro 50 % es de mi mujer por legado del padre y a su vez mi suegra es usufructuaría también de ese 50% mientras que viva. Si mi suegra hace testamento y lo deja a partes iguales, ese 50% ganancial que es suyo se tiene que repartir entre las dos hijas, mi mujer y su hermana pasarían a ser propietarias del 75% y el otro 25% corresponderían también a ambas pero cambiado, Si no hay ganas de tocar los h... es, no pasaría nada. Tu te fiarías después de todo lo contado ¿a que NO?. Bien, mi hija sostiene que mi suegra no es propietaria de nada y es usufructuaría de todo. Comorrrrrrrrrrrr, ¿pero qué dices chavalina?. Jajajajaja
-La finca con chalet de los c... es. El terreno es de mi suegra heredeado de sus padres, mi suegra es propietaria al 100% de todo el terreno, sin discusión posible. El chalet construido en esa finca, es ganancial, por lo tanto volvemos a la misma situación que los pisos, legado de mi suegro a bichejo (bajo presión, no entremos en esto, sería la lecha ya). El 50% del chalet es propiedad de mi suegra, el otro 50% por legado del padre es de mi cuñada y usufructuaria mi suegra mientras que viva. Si mi suegra lo deja a la mitad a ambas hijas, mi cuñada se va a encontrar con un 25% menos del chalet correspondiente a mi mujer y con el terreno mitad por mitad para cada nieta. Si mi suegra hace lo que tu aconsejas y deja sus 50% de propiedad ganancial a mi mujer, el tema se equilibra totalmente: 50% por legado de mi suegro a mi cuñada del chalet, 50% por legado de mi suegra a mi mujer del chalet. 50% a sus dos nietas por legado de mi suegra de los terrenos. Cuñadita, tira ahora contra tu hija, sobrina y hermana, Y SERIA CAPAZ, QUE SER. YA SE QUE ES UN SACO DE PROBLEMAS, pero en esta finca mi suegro se ha dejado la piel, mi cuñada la vendería sin pestañear, nosotros bajo ningún concepto, así que o la disfrutamos todos o lo lleva claro.
-El tema del dinero en cuentas y alquileres. La tía no ha dejado un euro en ninguna cuenta existente, es más, ya no existen esas cuentas. ES BICHO O NO, yo creo que es un piropo, pero que -$%><¿gruuuu- ES LA MENDA. El tema de derechos tanto de cuentas y alquileres me lo has explicado excelentemente este fin de semana. Y bajo mi punto de vista, o el abogado consigue un acuerdo con el suyo, estamos dispuestos a perder antes de vernos en una demanda, o seguro que tarde o temprano la habrá.
-El resto de bienes, unas cuantas tierras rusticas, todas propiedad de mi suegro por herencia, las deja a partes iguales y usufructuaria mi suegra. Aquí no hay problemas.
-En el terreno de lo anecdótico, te diré que yo me llevaba con mi suegro casi mejor que con mi padre, me confensó que pensaba invertir bastante en propiedades y me pidió opinión. Yo le dije que no tenía nada que objetar pero le advertí que cuidase su dinero de cerca. Contestación: YA, YA, SI YA LO SE. Lógicamente ante esta relación de confianza mi cuñada que ya cocinaba el asunto, retorcía el morro. Lastima que se murió, ahora estaríamos mucho mejor todos. Si pudiera ver todo esto, la metralleta de la que hablaste seguro que se calentaba, jajajaja...
- El tema de la plantilla, evidentemente me he equivocado como burro cabezón y orejón, y lo que debe legar o adjudicar mi suegra es su 50% de gananciales y no su parte usufructuaría. El concepto mejor cual sería, "dejo mi parte ganancial", "mis propiedades", etc. Veamos: CLAUSULA PRIMERA: Cambiar evidentemente "lega su parte usufructuaría", por el concepto apropiado que ya me dirás. CLAUSULA SEGUNDA: Aparte de cambiar el concepto, debe adjudicar literalmente piso por piso a cada hija para que coincida con el de mi suegro, o simplemente vale la referencia. CLAUSULA TERCERA: Mira, mi suegra no puede hacer nada porque la tienen confiscado el DNI por parte de mi cuñada, se vale de que es una anciana, nosotros la hemos hecho uno, más pasaporte y lo tiene escondido en su casa para no estar indocumentada. Fuerte, eh, muy fuerte. Mi suegra, podría haberse puesto con su parte de dinero una cuenta ella sola, o bien poner un cotitular con ella. Bien, esto es un intento, quizás fallido, de que oiga mire usted, toda cuenta en que NO este ella sola o como cotitulares sus dos hijas (las dos), se ha hecho sin su conocimiento y ocultando la verdad al titular. Toda esta clausula tercera la modifique anoche, es un intento de que se haga la mayor justicia posible, no se si el notario la aceptará, la pongo:
Tercera:
A). Respecto del dinero en cuentas bancarias, se procederá, en el caso de no haberse hecho, tras la certificación del saldo emitido por la entidad correspondiente al día de la muerte de su difunto marido ... nombre de mi suegro..., al reparto que marque la ley y según titularidad en las citadas cuentas.
B). Del posible saldo que quede al día del fallecimiento de ... nombre de mi suegra.... correspondiente a su parte ... AQUÍ QUE PONGO..., (y tras contabilidad justificada por parte de su hija ... la que tu ya sabes... sustituida por sus respectivos descendientes o en su defecto por el que haya sido apoderado de ... nombre de mi suegra..., será repartido entre sus dos hijas ... nombre de las dos hijas..., sustituidas por sus respectivos descendientes, de tal forma y manera que la cantidad obtenida, de más, por una hija al haber sido cotitular en vida de su ya citado marido sea compensada en todo lo posible a la otra hija por no haberlo sido.
D). Del mismo modo se deja constancia en este testamento que cualquier cuenta corriente, desde la muerte de su ya citado marido, puesta a nombre de Benedicta Jiménez Martín en las que NO figure como titular ella sola o como cotitulares ambas hijas se han realizado sin el consentimiento de la testadora.
BIEN ESTO ES LO QUE HAY, dime cosas, ESTO QUEMA Y MUCHO
Un cordial saludo
La mejor forma de redactarlo, no te quiebres la cabeza.
Lo importante es tener claro el reparto.
La redacción déjasela al notario. Que es su trabajo, que para eso le pagas, y que además, no va a hacer mucho caso de los escritos y borradores que le lleves. El notario, os pedirá lo que queréis repartir y como y le dará forma legal.
Yo no me considero preparado para redactar o dar el visto bueno a una redacción, ya que el notario al final es el que le dará forma. Que para eso ha esrtudiado un montón de años.
Respecto a la "TERCERA", decirte que veo que voy buscando los problemas y los pleitos.
Si tu suegra le queda claro el dinero que el bicho se ha llevado, que refleje el importe exacto en el testamento. Que no diga que hagan cuentas. Podéis pasar unos cuantos años pleiteando y los abogados se llevarán una parte gorda.
Vosotros hacéis las cuentas de saldos y tal.
Sumáis lo que se ha llevado, y que tu suegra ponga que el saldo de su cuenta es a repartir entre sus hijas, pero que tu mujer cobrará tanto más, porque la otra se lo llevó.
Y de verdad, no te quiebres la cabeza. Lleváis toda la información al notario, que es un señor que ha estudiado mucho y sabe muchísimo más que nosotros y es el que decidirá como reflejar las cosas.
Pues nada, un saludo y no te olvides finalizar la pregunta.

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